Un trabajador cuya incapacidad laboral temporal haya sobrevenido durante sus vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a disfrutar posteriormente de un período de vacaciones de duración equivalente al de su enfermedad
Este derecho se concede con independencia del momento en que se produzca la incapacidad laboral temporal
La Directiva relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo 1 reconoce a todos los trabajadores el derecho a vacaciones anuales.
En España, los períodos de vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, conforme a lo que dispongan, en su caso, los convenios colectivos sobre la planificación anual de las vacaciones.
Este derecho se concede con independencia del momento en que se produzca la incapacidad laboral temporal
La Directiva relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo 1 reconoce a todos los trabajadores el derecho a vacaciones anuales.
En España, los períodos de vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, conforme a lo que dispongan, en su caso, los convenios colectivos sobre la planificación anual de las vacaciones.